La Guía de Licencias por Estado
Compara las 51 jurisdicciones
Cada proporción de abajo está investigada en los reglamentos del propio estado, citada y fechada en su página. Ordena una columna para clasificar estados; abre un estado para ver sus reglas completas — incluido el cuidado infantil en el hogar.
Resúmenes de reglas de licencias para centros — no es asesoría legal. Los reglamentos cambian; confirma siempre con la agencia de licencias del estado.
Formularios para directores
Las cinco listas de carpeta que espera una visita de licencias — registros publicados, expedientes de personal y niños, salud y seguridad, revisión del edificio. Marca en pantalla, imprime con membrete.
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| Capacitación anual | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Alabama | 1:5 | 1:7 | 1:11 | 1:21 | Trabajadores de cuidado infantil/maestros: al menos 12 horas reloj de capacitación cada año; directores: 24 horas reloj. La capacitación en RCP y primeros auxilios no cuenta para las horas anuales. Al menos un miembro del personal con certificación vigente de RCP pediátrica y primeros auxilios debe estar presente durante todo el horario de operación. | |
| Alaska | 1:5 | 1:6 | 1:10 | 1:18 | Al menos 24 horas de capacitación anual pertinente al cuidado y desarrollo infantil para cuidadores y administradores (12 horas para cuidadores de tiempo parcial que trabajan 15 horas semanales o menos), incluida al menos una hora sobre temas de salud y seguridad; cada cuidador debe tener certificación vigente de primeros auxilios pediátricos y RCP pediátrica. | |
| Arizona | 1:5 | 1:6 | 1:13 | 1:20 | Cada miembro del personal que brinda cuidado infantil debe completar 18 horas reales o más de capacitación cada 12 meses (R9-5-403); el personal que atiende bebés necesita al menos 6 de esas horas en crecimiento y desarrollo del lactante, y los directores al menos 6 horas en administración de programas; el personal designado debe mantener certificación vigente de primeros auxilios y RCP para bebés y niños. | |
| Arkansas | 1:5 | 1:8 | 1:12 | 1:18 | Todo el personal que trabaja directamente con niños: al menos 15 horas anuales de capacitación registrada en educación continua de la primera infancia (los directores igualmente 15 horas reloj); el personal nuevo completa una orientación de 8 horas reloj dentro de los primeros 3 meses; el director y el 50% del personal presente deben tener certificados vigentes de primeros auxilios y RCP (incluida RCP para bebés y niños cuando se atiende a bebés y niños pequeños). | |
| California | 1:4 | 1:6 | 1:12 | 1:14 | El Título 22 no fija un requisito anual de horas reloj de capacitación en servicio para maestros. Los directores y maestros deben completar 15 horas de capacitación en salud preventiva y seguridad (incluidas RCP pediátrica y primeros auxilios) conforme al Código de Salud y Seguridad 1596.866 cuando corresponda, y al menos un miembro del personal capacitado en RCP pediátrica/primeros auxilios debe estar presente siempre que haya niños en el centro. | |
| Colorado | 1:5 | 1:5 | 1:10 | 1:15 | Todo el personal que trabaja con niños: al menos 15 horas reloj anuales de desarrollo profesional continuo, incluidas al menos 3 horas en desarrollo socioemocional; una persona certificada en primeros auxilios y RCP para todas las edades debe estar con los niños en todo momento; 1 hora de capacitación en desarrollo infantil dentro de los 90 días posteriores a la contratación. | |
| Connecticut | 1:4 | 1:5 | 1:10 | 1:15 | El personal del programa debe documentar capacitación continua de al menos el 1% del total de horas anuales trabajadas (unas 20 horas para un empleado de tiempo completo); temas de orientación en salud y seguridad dentro de los 3 meses posteriores a la contratación; al menos un miembro del personal con certificación vigente de RCP y uno con certificación vigente de primeros auxilios deben estar presentes siempre que el centro esté abierto. | |
| Delaware | 1:4 | 1:6 | 1:10 | 1:15 | Personal que trabaja 25 o más horas semanales (incluidos administradores): 18 horas reloj de capacitación anual, con al menos 2 horas en salud o seguridad (9 horas, incluida 1 de salud/seguridad, para personal con menos de 25 horas semanales); el personal debe capacitarse en primeros auxilios y RCP dentro de los 2 meses posteriores a la contratación, y una persona certificada en primeros auxilios/RCP para las edades atendidas debe estar presente siempre que haya niños. | |
| District of Columbia | 1:4 | 1:4 | 1:8 | 1:15 | El personal de los centros de desarrollo infantil que cuida niños debe completar al menos 21 horas anuales de desarrollo profesional (incluidos los temas obligatorios de salud y seguridad); los directores de centro deben completar 12 horas anuales de desarrollo profesional aprobado por OSSE; se exige personal certificado en RCP y primeros auxilios conforme al §150. | |
| Florida | 1:4 | 1:6 | 1:15 | 1:25 | Todo el personal de cuidado infantil debe completar la capacitación introductoria de 40 horas reloj y después 1 CEU (10 horas reloj) de capacitación en servicio aprobada por cada año fiscal (1 de julio–30 de junio); la RCP pediátrica y los primeros auxilios están entre los temas aprobados, y los establecimientos deben cumplir los requisitos de personal con primeros auxilios/RCP del Manual. | |
| Georgia | 1:6 | 1:8 | 1:15 | 1:25 | 10 horas reloj de capacitacion aprobada por ano calendario despues del primer ano de empleo (deben incluir al menos 2 horas en practicas de lenguaje/lectoescritura y 2 horas en desarrollo infantil o salud y seguridad). Se exige certificacion en RCP pediatrica (renovada cada 2 anos) y primeros auxilios pediatricos (cada 3 anos) dentro de los 45 dias de la contratacion; esas horas no cuentan para las 10. | |
| Hawaii | 1:4 | 1:6 | 1:12 | 1:20 | Los cuidadores deben completar al menos 16 horas de capacitacion aprobada por el departamento al ano (suplentes 10, voluntarios regulares 8), despues de una capacitacion inicial de salud y seguridad del DHS dentro de los 45 dias de la contratacion que incluye primeros auxilios pediatricos y RCP infantil (HAR 17-892.2-35). | |
| Idaho | 1:6 | 1:8 | 1:12 | 1:24 | 4 horas de capacitacion continua en areas de desarrollo infantil cada 12 meses despues de la contratacion (Idaho Code 39-1119). Cada miembro del personal contado en la proporcion ninos:personal debe tener certificacion vigente en respiracion de rescate pediatrica y primeros auxilios pediatricos. | |
| Illinois | 1:4 | 1:5 | 1:10 | 1:20 | 15 horas reloj de capacitacion en servicio por ano para el director y cada miembro del personal de cuidado infantil (Secciones 407.100(b) y 407.170(c)); la capacitacion del primer ano debe cubrir la denuncia de abuso/negligencia y las reglas de licenciamiento. | |
| Indiana | 1:4 | 1:5 | 1:10 | 1:15 | 12 horas reloj de capacitacion en servicio al ano para directores y todas las personas contadas en las proporciones ninos/personal (470 IAC 3-4.7-35); los cuidadores principales sin la educacion requerida deben completar 8 horas adicionales (20 en total). Tambien se exige capacitacion en primeros auxilios y RCP. | |
| Iowa | 1:4 | 1:7 | 1:10 | 1:15 | Primer ano: 10 horas de contacto en areas tematicas aprobadas mas capacitacion previa al servicio en salud/seguridad, RCP, primeros auxilios y capacitacion de denunciante obligatorio. Despues del primer ano: el personal necesita 6 horas de contacto de desarrollo profesional al ano; los directores y supervisores en sitio necesitan 8 (441-109.7). | |
| Kansas | 1:3 | 1:6 | 1:12 | 1:16 | 16 horas reloj de desarrollo profesional por ano de licencia para cada miembro del personal y voluntario contado en las proporciones (4 de las 16 en areas especificas de salud/seguridad; los cuidadores de bebes necesitan 4 horas especificas de bebes). Los directores de programa tambien completan 16 horas, incluidas 6 en administracion. Cada unidad debe tener siempre presente a alguien con certificacion vigente en primeros auxilios pediatricos y RCP pediatrica (K.A.R. 28-4-428a). | |
| Kentucky | 1:5 | 1:6 | 1:12 | 1:15 | Primer ano: 6 horas de orientacion mas 9 horas de capacitacion en cuidado y educacion temprana aprobada por el gabinete; cada ano posterior: 15 horas de capacitacion aprobada por el gabinete (del 1 de julio al 30 de junio), incluidas al menos 1.5 horas sobre trauma craneal abusivo pediatrico. Los centros deben asegurar que el personal reciba capacitacion en primeros auxilios y RCP (922 KAR 2:090 Seccion 11; 2:120 Seccion 7(8)). | |
| Louisiana | 1:5 | 1:7 | 1:13 | 1:23 | 12 horas reloj de educacion continua aprobada por ano de aniversario para el personal que queda solo con ninos o tiene autoridad de supervision (3 horas para el resto del personal), mas orientacion dentro de los 7/30 dias de la contratacion; todo el personal con acceso a los ninos debe tener certificacion vigente en RCP de bebes/ninos, RCP de adultos y primeros auxilios pediatricos, obtenida dentro de los 90 dias de la contratacion (LAC 28:CLXI Secciones 1719-1723). | |
| Maine | 1:4 | 1:5 | 1:10 | 1:13 | En instalaciones que atienden a 13 o mas ninos: 30 horas de capacitacion anual para el personal que trabaja mas de 20 horas/semana (18 horas si trabaja menos de 20 horas/semana); las instalaciones pequenas requieren 12 horas. Las horas de certificacion en primeros auxilios/RCP cuentan, la capacitacion anual debe incluir temas de salud y seguridad, y todo el personal se registra en la Professional Development Network de Maine (Seccion 8). | |
| Maryland | 1:3 | 1:3 | 1:10 | 1:15 | Al menos 12 horas reloj de capacitación continua aprobada por cada año completo de empleo para maestros y directores de cuidado infantil (mínimo 6 horas de conocimientos básicos y hasta 6 horas electivas), según COMAR 13A.16.06. | |
| Massachusetts | 1:3 | 1:4 | 1:10 | 1:13 | Los educadores de programas de grupo grande que trabajan 20+ horas por semana deben completar un mínimo de 20 horas de desarrollo profesional al año (reducido hasta un mínimo de 5 horas para quienes trabajan menos de 10 horas por semana); al menos un tercio debe abordar las necesidades de estudiantes diversos (606 CMR 7.09). | |
| Michigan | 1:4 | 1:4 | 1:10 | 1:18 | 16 horas reloj de desarrollo profesional por año calendario para el personal del programa en temas relevantes a sus responsabilidades (10 horas para el personal de centros de capacidad reducida; 5–10 horas para suplentes según su horario) — R 400.8216a. | |
| Minnesota | 1:4 | 1:7 | 1:10 | 1:15 | Directores y personal que trabajan más de 20 horas por semana: 24 horas de capacitación en servicio por año calendario; personal que trabaja 20 horas o menos: 12 horas (Minn. Stat. 142B.65). Los primeros auxilios pediátricos y la RCP pediátrica deben repetirse al menos cada dos años calendario. | |
| Mississippi | 1:5 | 1:9 | 1:14 | 1:20 | Todo el personal de cuidado infantil, directores, designados del director y cuidadores deben completar 15 horas de contacto de desarrollo profesional aprobado al año, acumuladas durante el año de licencia (15 Miss. Code R. 11-55-1.5.8). | |
| Missouri | 1:4 | 1:8 | 1:10 | 1:16 | Todos los cuidadores deben completar al menos 12 horas reloj de capacitación relacionada con el cuidado infantil cada año calendario (un crédito universitario = 15 horas reloj); también se requiere certificación vigente de primeros auxilios/RCP, y las instalaciones que cuidan bebés necesitan capacitación en sueño seguro cada tres años (5 CSR 25-500.102). | |
| Montana | 1:4 | 1:8 | 1:10 | 1:14 | La regla no fija un total estatal de horas reloj: los directores, maestros y maestros asistentes deben completar la capacitación anual requerida para mantenerse vigentes en el ECP Practitioner Registry de Montana (ARM 37.95.162). Los maestros de instalaciones exclusivamente de edad escolar necesitan al menos 8 horas de educación continua al año; se requiere un curso de repaso de salud y seguridad al menos cada 3 años, y certificación de RCP/primeros auxilios dentro de los 30 días de contratación (ARM 37.95.163). | |
| Nebraska | 1:4 | 1:6 | 1:10 | 1:15 | Cada miembro del personal que brinda cuidado directo debe obtener un mínimo de 12 horas reloj de capacitación al año (6 horas reloj si trabaja 20 horas o menos por semana); el personal responsable de alimentos necesita 4 horas reloj de capacitación anual en nutrición y seguridad alimentaria; 2 horas de RCP y 1 hora de primeros auxilios pueden contar en el año en que se toman (391 NAC 3-006.10). | |
| Nevada | 1:4 | 1:6 | 1:12 | 1:18 | 24 horas de capacitación durante cada período de licencia de 12 meses para directores y cuidadores (NRS 432A.1775; NAC 432A.326), incluidas al menos 12 horas específicas del grupo de edad atendido y 2 horas sobre bienestar, salud y seguridad infantil; certificación de RCP (incluidos bebés cuando aplique) dentro de los 120 días de contratación. | |
| New Hampshire | 1:4 | 1:5 | 1:8 | 1:15 | 18 horas de desarrollo profesional dentro de los primeros 12 meses de contratación y anualmente después para el director del centro, administradores y todo el personal de cuidado infantil (12 horas para cierto personal de horario reducido) (He-C 4002.33). | |
| New Jersey | 1:4 | 1:6 | 1:10 | 1:15 | Todo el personal debe completar 12 horas reloj de desarrollo profesional continuo cada año; la directora o director, los head teachers, los group teachers y los supervisores de programa deben completar 20 horas al año en su lugar. También es obligatoria la recapacitación anual en los temas de orientación requeridos (N.J.A.C. 3A:52-4.7 y 4.8). | |
| New Mexico | 1:6 | 1:6 | 1:12 | 1:15 | Cada persona del personal que trabaja directamente con niños más de 20 horas por semana, incluida la directora o director, debe obtener al menos 24 horas de capacitación al año, cubriendo las 7 áreas de competencia en un plazo de 2 años; el personal que trabaja 20 horas o menos completa la mitad. La capacitación en primeros auxilios/RCP debe incluir un componente práctico. | |
| New York | 1:4 | 1:5 | 1:7 | 1:10 | Cada miembro del personal y voluntario debe completar un mínimo de 30 horas de capacitación cada 2 años, de las cuales 15 horas deben obtenerse durante los primeros 6 meses en el programa, y al menos 5 horas anuales aprobadas por la oficina. Al menos una persona del personal certificada en RCP y primeros auxilios debe estar en las instalaciones durante el horario de operación. | |
| North Carolina | 1:5 | 1:6 | 1:15 | 1:25 | Carolina del Norte no fija una cifra única de horas reloj anuales en el nivel mínimo de licencia: las horas de capacitación en servicio varían según la educación, experiencia y capacitación previa de cada persona. Todo el personal de cuidado directo necesita certificación en RCP y primeros auxilios, la capacitación ITS-SIDS para salas de bebés (renovada cada 3 años), una orientación de 16 horas en las primeras 6 semanas y capacitación en salud y seguridad durante el primer año, además de un plan de desarrollo profesional revisado anualmente. | |
| North Dakota | 1:4 | 1:5 | 1:7 | 1:20 | El personal que trabaja 30 o más horas por semana debe certificar 13 horas anuales de capacitación aprobada por el departamento (prorrateadas a 11, 9 o 7 horas para personal de tiempo parcial). También se requiere: un curso básico de cuidado infantil aprobado por el departamento dentro de los 90 días posteriores a la contratación, certificación en RCP-DEA infantil/pediátrica y primeros auxilios pediátricos dentro de 90 días, 1 hora de capacitación en sueño seguro antes de cuidar bebés y capacitación anual como informante obligatorio. | |
| Ohio | 1:5 | 1:7 | 1:12 | 1:18 | Cada miembro del personal de cuidado infantil debe completar un mínimo de 6 horas reloj de desarrollo profesional cada año fiscal (el personal contratado entre enero y junio comienza en el año fiscal siguiente). Todo el personal debe capacitarse en primeros auxilios y RCP apropiados para las edades atendidas, dentro de los primeros 90 días de contratación (OAC 5180:2-12-10). | |
| Oklahoma | 1:4 | 1:6 | 1:12 | 1:20 | El desarrollo profesional anual está vinculado a la Oklahoma Professional Development Ladder (OPDL): 12 horas reloj al año en el Nivel 1 y 20 horas reloj en el Nivel 2 y superiores; las directoras y directores deben mantener al menos 20 horas reloj cada 12 meses para el Oklahoma Director's Credential. La dirección y los master teachers deben obtener certificación en RCP y primeros auxilios dentro de 3 meses. | |
| Oregon | 1:4 | 1:5 | 1:10 | 1:15 | Las direcciones, maestros y aide IIs deben completar al menos 15 horas reloj anuales de capacitación aprobada por el Oregon Registry (ORO), incluidas al menos 8 horas en desarrollo infantil/educación temprana y 1 hora en salud, seguridad y nutrición; prorrateado a 1.25 horas por mes durante el primer año (OAR 414-305-0380). | |
| Pennsylvania | 1:4 | 1:5 | 1:10 | 1:12 | Todo el personal debe completar un mínimo anual de 12 horas reloj de capacitación en cuidado infantil (§ 3270.31). El personal también debe completar desarrollo profesional en primeros auxilios pediátricos y RCP pediátrica dentro de los 90 días posteriores a la contratación y mantener vigentes las certificaciones. | |
| Rhode Island | 1:4 | 1:6 | 1:9 | 1:13 | Todo el liderazgo del programa y el personal de aula deben completar 20 horas de capacitación al año alineadas con las Workforce Knowledge and Competencies de Rhode Island pertinentes a su función; 10 de esas horas deben estar aprobadas mediante un proceso determinado por el Departamento. | |
| South Carolina | 1:5 | 1:6 | 1:17 | 1:23 | Los cuidadores/maestros que brindan atención directa deben completar al menos 15 horas reloj de capacitación al año, en al menos tres áreas temáticas aprobadas; la RCP y los primeros auxilios no cuentan para las 15 horas. Los directores deben completar al menos 20 horas reloj anuales (al menos 5 en administración del programa y 5 en desarrollo infantil/salud y seguridad). | |
| South Dakota | 1:5 | 1:5 | 1:10 | 1:15 | Cada director y cada proveedor que cuente en las proporciones personal-niños debe completar 10 horas de capacitación anual en las áreas de salud y seguridad requeridas a nivel federal (ARSD 67:42:17); la renovación de RCP pediátrica no puede contarse dentro de las horas anuales. Antes de cuidar niños sin supervisión se exige una orientación que cubre 13 temas de salud y seguridad (incluidos primeros auxilios y RCP pediátricos). | |
| Tennessee | 1:4 | 1:7 | 1:13 | 1:20 | Los educadores de centros deben completar 12 horas totales de desarrollo profesional al año, incluidas al menos 6 horas en salud/seguridad y 3 en prealfabetización; los directores de centros de un solo sitio deben completar al menos 24 horas totales anuales. También se exige capacitación en primeros auxilios y RCP (inicialmente durante el primer período de licencia). | |
| Texas | 1:4 | 1:9 | 1:18 | 1:22 | Los cuidadores deben completar 24 horas reloj de capacitación anual pertinente a las edades atendidas (§746.1309); los directores deben completar 30 horas reloj anuales (§746.1311). Las horas anuales no incluyen RCP/primeros auxilios, y debe estar presente al menos un cuidador o empleado con certificación vigente en primeros auxilios (con respiración de rescate y atragantamiento) y RCP. | |
| Utah | 1:4 | 1:5 | 1:15 | 1:20 | Los cuidadores y directores deben completar cada uno al menos 20 horas de capacitación en cuidado infantil al año (según la fecha de licencia del centro), o al menos 1.5 horas al mes. Debe estar presente al menos un miembro del personal con certificación vigente en primeros auxilios pediátricos y RCP (con evaluación práctica) siempre que haya un niño bajo cuidado. | |
| Vermont | 1:4 | 1:4 | 1:10 | 1:13 | Todo el personal debe completar 15 horas reloj de desarrollo profesional anual conforme a su Plan Individual de Desarrollo Profesional (reglas 7.4.1–7.4.4); la capacitación en RCP y primeros auxilios no cuenta para las 15 horas (regla 7.4.7). El personal que cuenta en las proporciones debe obtener capacitación en primeros auxilios pediátricos y RCP para bebés y niños y mantenerla vigente. | |
| Virginia | 1:4 | 1:5 | 1:10 | 1:18 | El personal debe completar un mínimo de 16 horas de capacitación anual apropiada a las edades de los niños atendidos (8VAC20-780-245); la capacitación anual debe incluir el plan de preparación para emergencias del centro, y la RCP/primeros auxilios figura entre los temas de capacitación requeridos. | |
| Washington | 1:4 | 1:7 | 1:10 | 1:15 | Los proveedores de aprendizaje temprano deben completar 10 horas de capacitación anual en servicio después de 12 meses de empleo acumulado (WAC 110-300-0107). La certificación en primeros auxilios/RCP y las capacitaciones obligatorias de salud y seguridad deben completarse dentro de los tres meses posteriores a la contratación (WAC 110-300-0106). | |
| West Virginia | 1:4 | 1:4 | 1:12 | 1:16 | Todo el personal calificado debe completar 15 horas de capacitación aprobada durante el primer año de empleo (directores: 6 de las 15 en gestión; cuidadores: 6 relacionadas con el grupo de edad atendido) (§78-1-8.7). El personal debe solicitar y mantener una credencial de la ruta profesional WV STARS, completando la capacitación aprobada necesaria para mantenerla vigente; los primeros auxilios y la RCP se exigen dentro de los seis meses de empleo y deben mantenerse vigentes. | |
| Wisconsin | 1:4 | 1:7 | 1:13 | 1:18 | Cada administrador, director de centro y trabajador de cuidado infantil debe participar en al menos 15 horas de educación continua al año (DCF 251.05(4)(c)); el personal que trabaja menos de 8 meses al año necesita 2 horas por mes de empleo. Todos los empleados en contacto regular con niños deben obtener certificación en RCP de bebés/niños y capacitación en primeros auxilios pediátricos dentro de los 3 meses de iniciar el trabajo. | |
| Wyoming | 1:4 | 1:5 | 1:12 | 1:18 | Quien brinde atención directa o cuente en la proporción más de 24 horas en cualquier mes debe completar al menos 12 créditos de capacitación al año en aprendizaje temprano/desarrollo infantil (Capítulo 11, Sección 4(c)); se exigen 8 créditos de salud y seguridad cada 2 años, y todo el personal debe mantener certificación vigente en primeros auxilios y RCP pediátricos y de adultos con demostración práctica presencial. |