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Louisiana

Louisiana Department of Education (LDOE), Licensing Division (regulations adopted by the Board of Elementary and Secondary Education, BESE)

Bulletin 137 - Louisiana Early Learning Center Licensing Regulations (LAC 28:CLXI)

Investigado 2026-09 · Resumen, no asesoría legal — confirma con la agencia antes de actuar sobre una cifra.

Regula: El Louisiana Department of Education licencia todos los early learning centers (guarderías, Head Start/Early Head Start y programas de pre-K independientes o cubiertos) antes de operar, emitiendo licencias Tipo I (religiosos exentos de impuestos, sin fondos públicos), Tipo II (sin fondos públicos o solo fondos de programas de alimentación) y Tipo III (recibe fondos estatales/federales) (Bulletin 137 §§301, 307). Están exentos los programas calificados de escuelas K-12, campamentos, cuidado gratuito, programas religiosos de horario limitado, pre-K Montessori acreditado por la LMA y los hogares familiares registrados (§303).

Proporciones adulto-niño (centros)

Bebés
1:5
Under 1 year
grupo máx. 15
Niños pequeños
1:7
1-year-olds
grupo máx. 21
Preescolar
1:13
3-year-olds
grupo máx. 26
Edad escolar
1:23
6 years and up
grupo máx. 46

Requisitos

Capacitación anual
12 horas reloj de educacion continua aprobada por ano de aniversario para el personal que queda solo con ninos o tiene autoridad de supervision (3 horas para el resto del personal), mas orientacion dentro de los 7/30 dias de la contratacion; todo el personal con acceso a los ninos debe tener certificacion vigente en RCP de bebes/ninos, RCP de adultos y primeros auxilios pediatricos, obtenida dentro de los 90 dias de la contratacion (LAC 28:CLXI Secciones 1719-1723).
Maestra titular
Luisiana no exige una credencial formal para maestros/cuidadores en centros con licencia: el personal de 18+ puede contarse en las proporciones y trabajar sin supervision (los de 16-17 anos solo bajo supervision directa de un adulto), sujeto a verificaciones de antecedentes, orientacion y educacion continua (Seccion 1707).
Dirección
Los directores deben tener al menos 21 anos y contar con una de estas opciones: un certificado auxiliar de primera infancia mas 1 ano de experiencia; una credencial nacional de administrador mas 1 ano de experiencia y 6 creditos/90 horas reloj de capacitacion aprobada; 3 anos de experiencia en centros mas 6 creditos/90 horas reloj; o credenciales de liderazgo escolar (Seccion 1709).
Vale la pena saber
Tabla completa (Seccion 1711, enmendada hasta enero de 2026): ninos de 2 anos 10:1 (grupo 20); de 4 anos 15:1 (30); de 5 anos 19:1 (38). Los tamanos maximos de grupo son una adicion reciente (LR 52:27, enero de 2026). Se permite promediar en grupos de edades mixtas de 2 a 5 anos; los grupos con menores de 2 usan la proporcion del nino mas pequeno.

Cumplimiento

Verificación de antecedentes
Propietarios, personal, voluntarios, contratistas y otros con fines de cuidado infantil necesitan una determinación de elegibilidad del LDOE basada en la CCCBC, que comprende búsquedas penales con huellas dactilares de Luisiana y federales (FBI), el State Central Registry del DCFS (abuso/negligencia), el registro de agresores sexuales y depredadores de menores de Luisiana, el registro nacional de agresores sexuales y verificaciones nominales penales, de agresores sexuales y de registros de abuso de cada estado de residencia de los últimos 5 años, conforme a 45 CFR 98.43 y R.S. 17:407.42 (Bulletin 137 cap. 18, §1803). El empleo provisional solo se permite tras resultados satisfactorios de huellas y bajo un monitor designado.
Reporte obligatorio
Todo el personal y los propietarios son reportantes obligatorios bajo el artículo 603 del Children's Code de Luisiana y deben reportar toda alegación o sospecha de abuso o negligencia a la línea estatal (855-452-5437), y cada miembro del personal debe completar el Mandated Reporter Training en línea del DCFS dentro de los 7 días de iniciar (Bulletin 137 §§103, 1509, 1719).
Primeros auxilios y RCP
Todo el personal en el establecimiento y accesible a los niños debe tener certificación vigente aprobada por el departamento en RCP de bebés y niños, RCP de adultos y primeros auxilios pediátricos, obtenida dentro de los 90 días de contratación y antes de asumir responsabilidad exclusiva por niños, con copias en el centro (§1723). La certificación vigente de primer respondiente satisface RCP y primeros auxilios pediátricos.
Capacitación de salud y seguridad
Dentro de los 7 días de iniciar —y antes de asumir responsabilidad exclusiva por niños— cada miembro del personal completa la orientación específica del centro (números para denunciar abuso, planes de emergencia, alergias, proporciones, políticas de entrega y transporte) más el LDE Key Training Module 1, que cubre los temas de salud y seguridad de la CCDBG desde supervisión y sueño seguro hasta medicamentos, respuesta a reacciones alérgicas, enfermedades infecciosas, materiales peligrosos y transporte (§1719). El personal que queda a solas con niños o con autoridad sobre ellos completa luego 12 horas reloj anuales de educación continua aprobada (los demás, 3 horas).

Operaciones

Regla de supervisión
Los niños deben estar supervisados en todo momento —en el centro, el patio, las excursiones y las actividades acuáticas— sin quedar nunca solos en una sala, al aire libre o en un vehículo ni por un momento, con cada miembro del personal físicamente presente con un grupo asignado cuyos nombres, ubicación y número debe conocer (§1713). Durante el descanso, las vistas obstruidas exigen chequeos visuales circulando, las actividades acuáticas requieren personal capaz de ver todas las partes de la piscina incluido el fondo, y solo los niños de 5 años o más pueden ir al baño sin acompañante.
Expedientes
Cada niño necesita un expediente acumulativo (formulario informativo firmado, autorización médica de emergencia, autorizaciones escritas de entrega, necesidades/dietas especiales) conservado al menos 2 años tras el fin de la inscripción, y los registros diarios de asistencia se guardan en el centro 2 años (§§1515, 1507). Los centros mantienen además registros y expedientes del personal, la documentación de los últimos 12 meses disponible en cada inspección, certificados de capacitación y la documentación de elegibilidad CCCBC (§§1715, 1721, cap. 18).
Inspecciones
La licencia inicial requiere una inspección de licenciamiento del LDOE más aprobaciones del cuerpo de bomberos, de salud y (si aplica) académicas; tras la licencia, las inspecciones ocurren a intervalos no mayores de un año y sin aviso al centro, se exigen inspecciones anuales de renovación y el departamento publica los resultados en línea (§§315, 703, 713). Las infracciones no críticas halladas en sitio pueden corregirse de inmediato como acción correctiva, y los incidentes críticos conllevan deberes de notificación (§1103).

Vale la pena saber: El contenido proviene del texto maestro vigente del LAC Título 28, Parte CLXI (Bulletin 137) (enmiendas hasta enero de 2026). Los proveedores familiares se registran ante el LDOE bajo disposiciones separadas no cubiertas aquí.

Cuidado infantil en el hogar

Family Child Care Provider and In-Home Provider Registration Law (registration administered by LDOE); BESE Bulletin 139 (Louisiana Child Care and Development Fund Programs) for CCAP certification; Bulletin 137 licenses early learning centers

Proveedor de Cuidado Infantil Familiar (registro)
Cuidado en el hogar del propio proveedor para hasta 6 niños. Según el acuerdo de proveedor de CCAP, no se puede tener más de un total de 6 niños en el lugar de cuidado, incluidos los hijos del proveedor menores de 13 años (o de 13 a 17 años con necesidades especiales), sin importar el parentesco.
Capacitación de la proveedora
Los proveedores de cuidado infantil familiar certificados por CCAP deben completar la orientación previa al servicio, primeros auxilios pediátricos y RCP para bebés/niños/adultos, capacitación en administración de medicamentos y 12 horas reloj anuales de capacitación aprobada por el LDOE relacionada con el trabajo (verificadas a mitad de período y en la renovación), cubriendo los temas requeridos de salud y seguridad.
Vale la pena saber
Luisiana registra en lugar de licenciar el cuidado infantil familiar en el hogar (hasta 6 niños); el LDOE describe el registro como recomendado, y en la práctica es obligatorio para certificarse y recibir pagos a través de CCAP. No existe categoría de hogar grande: toda instalación que cuide a 7 o más niños de manera regular (al menos 12.5 horas por semana) debe licenciarse como centro de aprendizaje temprano (Tipo I, II o III) según el Boletín 137. Un 'proveedor en el hogar' cuida a los niños de una familia en la casa del propio niño.

Una proporción es fácil de leer y difícil de sostener a las 3pm en el patio.

Ensaya supervisión