South Dakota
South Dakota Department of Social Services (DSS), Child Care Services
Administrative Rules of South Dakota (ARSD) Chapter 67:42:17 — Child Care Licensing (centers and school-age programs)
Investigado 2026-09 · Resumen, no asesoría legal — confirma con la agencia antes de actuar sobre una cifra.
Regula: La licencia es obligatoria cuando se cuida a 13 o más niños, ya sea en un hogar o en una instalación separada: la Oficina de Licencias y Acreditación del DSS licencia centros de cuidado diurno, centros antes y después de la escuela y cuidado diurno familiar grupal como 'programas de cuidado infantil con licencia' bajo ARSD 67:42:17. El cuidado diurno familiar de 12 o menos niños en el hogar del proveedor es una categoría de registro voluntario, y los proveedores informales o a domicilio operan fuera de la licencia, pero deben cumplir estándares mínimos para recibir pagos de asistencia.
Proporciones adulto-niño (centros)
Requisitos
- Capacitación anual
- Cada director y cada proveedor que cuente en las proporciones personal-niños debe completar 10 horas de capacitación anual en las áreas de salud y seguridad requeridas a nivel federal (ARSD 67:42:17); la renovación de RCP pediátrica no puede contarse dentro de las horas anuales. Antes de cuidar niños sin supervisión se exige una orientación que cubre 13 temas de salud y seguridad (incluidos primeros auxilios y RCP pediátricos).
- Maestra titular
- Los proveedores (cuidadores) deben tener al menos 18 años y demostrar y mantener la capacidad de brindar un cuidado que atienda las necesidades físicas, emocionales, cognitivas y sociales de los niños; los asistentes pueden tener 14 años o más, pero solo bajo supervisión directa.
- Dirección
- El administrador/director del programa debe tener al menos 18 años y contar con uno de los siguientes: licenciatura en educación o desarrollo humano; título de dos años en educación de la primera infancia; credencial CDA o equivalente; certificación en una filosofía de aprendizaje infantil más 1 año de experiencia; diploma de técnico en desarrollo infantil; o 4 años de experiencia en un centro o programa de edad escolar (ARSD 67:42:17:09).
- Vale la pena saber
- Dakota del Sur usa solo tres niveles de proporción para centros (67:42:17:21): 1:5 para menores de 3 años (sin niveles separados de bebés/toddlers), 1:10 para 3–4 años y 1:15 para 5 años o más. No hay tamaños máximos de grupo fijos: el tamaño se limita por la capacidad aprobada de cada sala. Un centro con 20 niños o menos en grupo de edades mixtas puede usar 1:10 (máximo cuatro menores de 2 años, no más de dos menores de 1 año). Reglas según el manual de licencias del DSS vigente desde marzo de 2026.
Cumplimiento
- Verificación de antecedentes
- Todos los proveedores registrados y con licencia (y los proveedores informales o a domicilio financiados por el CCDF) deben completar, conforme a la ley federal 45 C.F.R. 98.43, verificaciones estatales — registro penal de Dakota del Sur mediante huellas dactilares, registro de delincuentes sexuales de SD, registro de abuso y negligencia infantil de SD, NCIC y una verificación nacional de huellas del FBI — además, por cada estado de residencia en los últimos cinco años, las verificaciones penal, de registro de abuso infantil y de delincuentes sexuales de ese estado. Las verificaciones estatales deben repetirse cada cinco años, y el DSS paga las tarifas requeridas.
- Reporte obligatorio
- Un proveedor de cuidado infantil debe reportar de inmediato cualquier sospecha de abuso o negligencia a los Servicios de Protección Infantil, a la policía o a la Fiscalía Estatal y cooperar plenamente en cualquier investigación (ARSD 67:42:17:47); el reconocimiento y la denuncia del abuso es un tema obligatorio de la orientación y los expedientes del personal deben incluir un reconocimiento firmado del deber de reportar.
- Primeros auxilios y RCP
- Cada proveedor debe completar capacitación en primeros auxilios pediátricos cada cinco años y mantener una certificación vigente de RCP pediátrica que incluya una prueba práctica de habilidades; hasta capacitarse, el proveedor debe trabajar bajo la supervisión de alguien que sí lo esté (ARSD 67:42:17:46). Los conductores también necesitan la capacitación salvo que otro proveedor viaje en el vehículo.
- Capacitación de salud y seguridad
- Dentro de los 90 días posteriores a la contratación — y antes de cuidar niños sin supervisión — cada proveedor debe documentar la orientación en las 13 áreas de salud y seguridad del CCDBG (control de enfermedades infecciosas, sueño seguro/SMSL, administración de medicamentos, alergias alimentarias, seguridad del local, prevención del síndrome del bebé sacudido, preparación para emergencias, materiales peligrosos, transporte, reconocimiento y denuncia del abuso, primeros auxilios pediátricos, RCP pediátrica y desarrollo infantil) según ARSD 67:42:17:17. El personal del centro contado en las proporciones y los directores completan luego 10 horas de capacitación anual, con capacitación avanzada Nivel II de salud y seguridad cada cinco años.
Operaciones
- Regla de supervisión
- Un proveedor de centro que supervisa niños debe estar en la misma sala o en el patio con ellos y poder verlos u oírlos en todo momento; en programas de edad escolar el proveedor debe poder oír o ver a los niños y estar lo bastante cerca para intervenir en todo momento (ARSD 67:42:17:19-22). Para bebés menores de un año, los proveedores deben seguir las prácticas de sueño seguro de Caring for Our Children, 4.ª edición (67:42:17:26).
- Expedientes
- El expediente de cada niño debe incluir identidad y fechas de matrícula, contactos de padres y de emergencia, personas autorizadas para recogerlo, información de salud y alergias, un registro de vacunación vigente (o el nombre de la escuela para escolares), permisos de medicación y registros de asistencia, revisados y actualizados anualmente y disponibles para el departamento (ARSD 67:42:17:42). Los expedientes de los empleados deben documentar la orientación/capacitación y la elegibilidad de la verificación de antecedentes y se conservan seis meses tras la salida; la guía aconseja conservar los expedientes de los niños seis meses tras la baja y los registros de asistencia del programa de Asistencia de Cuidado Infantil cuatro años.
- Inspecciones
- La licencia comienza con una revisión del plano por el jefe de bomberos y salud y una inspección de seguridad anunciada antes de abrir; cada año siguiente se realiza una inspección anual sin previo aviso en dos partes — una inspección del programa por especialistas de licencias de la OLA y una inspección de seguridad de la instalación por personal del Departamento de Seguridad Pública. Las quejas se investigan, se elaboran planes de acción correctiva, y los resultados del monitoreo anual y de quejas fundamentadas son públicos en el portal de la OLA.
Vale la pena saber: Dakota del Sur consolidó sus reglas de cuidado infantil en ARSD 67:42:17 (2023); los detalles anteriores provienen del Manual de Licencias oficial del DSS (Guía de Reglas de Licencias de Cuidado Infantil). No se pudo obtener directamente el SDCL 26-8A-3 (que incluye a los proveedores de bienestar infantil con licencia o registrados entre los informantes obligatorios) porque el sitio de la Legislatura de SD bloquea el acceso automatizado; el deber de reportar citado proviene de la propia regla de licencias.
Cuidado infantil en el hogar
ARSD 67:42:17 (Child Care Licensing); SDCL Chapter 26-6
- Guardería Familiar Registrada (hogar de cuidado diurno familiar)
- Un proveedor de cuidado diurno familiar puede cuidar hasta 12 niños en su hogar; los hijos propios del proveedor menores de 6 años cuentan para la capacidad y la proporción (los de 6 años o más no) (ARSD 67:42:17:23). Se permiten hasta 2 niños adicionales en edad escolar antes/después de la escuela o en emergencias (SDCL 26-6-15.1). Es un registro, no una licencia; el registro es voluntario salvo que el proveedor reciba fondos públicos.Si solo hay un proveedor presente, no más de 4 niños pueden ser menores de 2 años, y no más de 3 de ellos menores de 1 año. Si hay un asistente presente, no más de 8 niños pueden ser menores de 2 años (ARSD 67:42:17:23).
- Hogar de Cuidado Diurno Familiar Grupal (con licencia como programa tipo centro)
- El cuidado por encima del nivel de 12 niños del cuidado familiar registrado requiere una licencia de hogar de cuidado diurno familiar grupal; estos hogares son 'programas tipo centro' con licencia según SDCL 26-6-14(5), deben obtener licencia antes de operar sin importar la fuente de financiamiento y se inspeccionan anualmente.
- Capacitación de la proveedora
- Cada proveedor contado en las proporciones personal-niños debe completar 6 horas de capacitación anual; la orientación en 13 temas de salud y seguridad se exige dentro de los 90 días y antes de cuidar sin supervisión; se requiere capacitación avanzada (Nivel II/III) de salud y seguridad a los 5 y 10 años (ARSD 67:42:17:17 y 67:42:17:18).
- Vale la pena saber
- El rango de capacidad legal comúnmente citado para hogares grupales (13 a 20 niños, SDCL 26-6-14) no pudo confirmarse directamente en una página oficial consultada (el sitio de estatutos de la Legislatura de SD no fue accesible), por lo que se omiten los límites de bebés y el rango exacto 13-20; la guía de programas con licencia del DSS confirma la categoría y su condición de 'programa tipo centro' con licencia. Las reglas de cuidado familiar del DSS se consolidaron en ARSD 67:42:17 (guías vigentes en 2026).
Una proporción es fácil de leer y difícil de sostener a las 3pm en el patio.
Ensaya supervisión