Texas
Texas Health and Human Services Commission (HHSC), Child Care Regulation
26 TAC Chapter 746 — Minimum Standards for Child-Care Centers (ratios: Subchapter E, §§746.1601, 746.1609)
Investigado 2026-09 · Resumen, no asesoría legal — confirma con la agencia antes de actuar sobre una cifra.
Regula: La Regulación de Cuidado Infantil de la HHSC emite cuatro tipos de permisos: licencias para centros de cuidado infantil, programas antes/después de la escuela y de edad escolar, y hogares de cuidado infantil con licencia; registro para hogares de cuidado infantil registrados (cuidado en el hogar del cuidador, hasta 12 niños con límites de niños no emparentados); listado para hogares familiares listados (1-3 niños no emparentados en el hogar del cuidador); y certificados de cumplimiento para el cuidado infantil de pequeños empleadores y de refugios temporales. Los estándares mínimos para centros están en 26 TAC Capítulo 746.
Proporciones adulto-niño (centros)
Requisitos
- Capacitación anual
- Los cuidadores deben completar 24 horas reloj de capacitación anual pertinente a las edades atendidas (§746.1309); los directores deben completar 30 horas reloj anuales (§746.1311). Las horas anuales no incluyen RCP/primeros auxilios, y debe estar presente al menos un cuidador o empleado con certificación vigente en primeros auxilios (con respiración de rescate y atragantamiento) y RCP.
- Maestra titular
- Cada cuidador debe tener al menos 18 años y contar con diploma de secundaria, equivalente o certificado de finalización de estudios de secundaria (§746.1107), además de verificaciones de antecedentes; los jóvenes de 16-17 años con diploma/equivalente solo pueden contarse en la proporción con restricciones.
- Dirección
- El director de un centro con licencia para 13 o más niños debe tener al menos 21 años, diploma de secundaria o equivalente, y cumplir una de siete combinaciones de educación y experiencia (§746.1015), p. ej., licenciatura con 12 créditos en desarrollo infantil y 6 en administración más 1 año de experiencia en un centro con licencia, o credencial CDA/CCP con 6 créditos de administración más 2 años de experiencia.
- Vale la pena saber
- Cuadro completo de proporciones/tamaños de grupo por salón (centros con licencia para 13+, §§746.1601/746.1609, PDF de estándares revisado en diciembre de 2025): 0–11 meses 1:4/10; 12–17 meses 1:5/13; 18–23 meses 1:9/18; 2 años 1:11/22; 3 años 1:15/30; 4 años 1:18/35; 5 años 1:22/35; 6–8 y 9–13 años 1:26/35. El tamaño de grupo es un tope estricto sin importar el personal adicional.
Cumplimiento
- Verificación de antecedentes
- Bajo 26 TAC Capítulo 745, Subcapítulo F (basado en el CCDBG, 45 C.F.R. Parte 98), las operaciones deben someter verificaciones de antecedentes de propietarios, directores, empleados y personas de 14 años o más que estén presentes con regularidad, tengan acceso sin supervisión o residan en la operación: consulta del registro central del DFPS, verificaciones nominales de antecedentes penales de Texas y de delincuentes sexuales, antecedentes penales con huellas dactilares DPS/FBI, búsqueda en el Registro Nacional de Delincuentes Sexuales y verificaciones de otros estados para quien haya vivido fuera de Texas en los últimos cinco años. Las verificaciones se renuevan en ciclos de cinco años.
- Reporte obligatorio
- Las operaciones deben reportar — y asegurar que empleados y voluntarios reporten — toda sospecha de abuso, negligencia o explotación directamente a la Línea de Abuso y Negligencia de Texas conforme al Código de Familia de Texas, Capítulo 261; el deber no puede delegarse y la operación no puede exigir que un empleado pida aprobación o avise antes de reportar (26 TAC § 746.1201(5)). La prevención, el reconocimiento y la denuncia del abuso es un tema obligatorio de la orientación.
- Primeros auxilios y RCP
- Cada cuidador y el director del centro deben tener certificación vigente en primeros auxilios pediátricos con respiración de rescate y atragantamiento y en RCP pediátrica conforme a las pautas para legos de la American Heart Association, con práctica en maniquí y evaluación escrita y práctica, obtenida dentro de los 90 días de empleo (26 TAC §§ 746.1301, 746.1315). Siempre que haya niños bajo cuidado, al menos un empleado o cuidador en las instalaciones debe tener certificación vigente de RCP pediátrica.
- Capacitación de salud y seguridad
- Cada empleado debe completar la orientación específica del centro dentro de los siete días de empleo y antes del acceso sin supervisión a los niños, cubriendo los estándares mínimos, prevención/reconocimiento/denuncia del abuso, procedimientos de emergencia, medicamentos, respuesta a alergias, seguridad del local y materiales peligrosos (26 TAC §§ 746.1301-.1303). Los cuidadores no exentos necesitan 24 horas reloj de capacitación previa al servicio — 8 horas antes de contar en la proporción y 16 dentro de 90 días, más una hora específica de bebés si cuidan a menores de 24 meses — y luego 24 horas reloj anuales (30 para directores).
Operaciones
- Regla de supervisión
- Los cuidadores deben supervisar a los niños en todo momento: sabiendo cuáles y cuántos niños tienen a cargo, manteniendo proximidad física con conciencia auditiva o visual de la actividad de cada niño y pudiendo intervenir, ajustando la cercanía según edad, desarrollo, distribución del local y riesgos (26 TAC §§ 746.1203(2), 746.1205). Los cuidadores también deben estar libres de tareas que compitan con el cuidado (preparación de comidas, limpieza, dispositivos personales) mientras son responsables de los niños.
- Expedientes
- Los centros deben conservar en la operación, por cada niño: el acuerdo de inscripción, la información de admisión, la declaración de un profesional de salud, los registros de vacunación, la prueba de tuberculosis si se exige, los formularios de reporte de incidentes/enfermedades, un sistema diario de registro de hora de entrada y salida y los registros de medicación — la mayoría conservados tres meses después del último día del niño (26 TAC §§ 746.603-.605). Los expedientes del personal deben documentar la orientación, la capacitación previa y anual, primeros auxilios/RCP y el comprobante de las solicitudes de verificación de antecedentes.
- Inspecciones
- El Código de Recursos Humanos de Texas § 42.044 exige que todas las operaciones con licencia o certificado se inspeccionen al menos una vez al año, con al menos una visita anual sin previo aviso (todas pueden serlo), mientras que los hogares familiares registrados y otras instalaciones se inspeccionan según sea necesario; los centros con buen historial de cumplimiento pueden calificar para inspecciones bienales sin aviso. Las investigaciones de quejas son adicionales y los historiales de inspección se publican mediante el buscador de cuidado infantil de la HHSC.
Vale la pena saber: Las citas específicas de centros provienen de la revisión de diciembre de 2025 de los Estándares Mínimos para Centros de Cuidado Infantil de la HHSC (26 TAC Capítulo 746); el detalle de verificación de antecedentes proviene del manual de Regulación de Cuidado Infantil de la HHSC. El texto de inspecciones del § 42.044 se consultó en el espejo del estatuto Texas.Public.Law porque las páginas de políticas de hhs.texas.gov bloquearon intermitentemente la descarga.
Cuidado infantil en el hogar
26 TAC Chapter 747 — Minimum Standards for Licensed and Registered Child-Care Homes; 26 TAC Chapter 742 — Minimum Standards for Listed Family Homes
- Hogar de Cuidado Infantil Registrado
- Cuidado en el hogar del cuidador principal para hasta 6 niños no emparentados de 13 años o menos durante el horario escolar, más hasta 6 niños adicionales en edad escolar después de clases; no más de 12 niños pueden estar al cuidado en ningún momento, incluidos los emparentados con el cuidador. Tipo de permiso: registro; el tipo de permiso en sí no exige asistente (HHSC, Tipos de Proveedores de Hogares, rev. 03/2026).
- Hogar de Cuidado Infantil con Licencia
- Brinda cuidado y supervisión a entre 7 y 12 niños de 13 años o menos en el hogar del cuidador principal. Tipo de permiso: licencia; se requieren cuidadores asistentes según sea necesario para cumplir las tablas de proporción niño/cuidador y tamaño de grupo del 26 TAC Capítulo 747, Subcapítulo E, que varían según las edades de los niños.
- Capacitación de la proveedora
- El cuidador principal de un hogar registrado o con licencia debe obtener al menos 30 horas reloj de capacitación cada año, pertinentes a las edades de los niños, incluidas al menos 6 horas en temas de desarrollo infantil y 1 hora sobre sueño seguro/SMSL y desarrollo cerebral si cuida a menores de 24 meses (26 TAC 747.1309).
- Vale la pena saber
- Texas también tiene una tercera categoría más pequeña: el Hogar Familiar Listado (26 TAC Capítulo 742) para hasta 3 niños no emparentados, que no se inspecciona de forma rutinaria. Los topes exactos de bebés (menores de 24 meses) por tipo de hogar los fijan las tablas de proporciones por mezcla de edades del 26 TAC 747 Subcapítulo E y no se capturaron numéricamente aquí, por lo que se dejan en null en lugar de aproximarse. HHSC abrió un período de comentarios públicos sobre revisiones a los Capítulos 742 y 747 en julio de 2026.
Una proporción es fácil de leer y difícil de sostener a las 3pm en el patio.
Ensaya supervisión